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Estimados/as compañeros/as:
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En relación con la obligación de notificación del Informe de Transparencia de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría que realicen auditorías de entidades de interés público (EIP), el REA Auditores ha planteado una consulta al ICAC sobre el procedimiento de comunicación en los modelos 02/03 del ejercicio 2020/21 que puede ser de interés para dichos auditores y sociedades.
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“Artículo 13. Informe de transparencia.
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- Los auditores legales o sociedades de auditoría que realicen auditorías legales de entidades de interés público publicarán, un informe anual de transparencia en un plazo máximo de cuatro meses después del cierre del ejercicio. Dicho informe de transparencia se publicará en el sitio de internet del auditor legal o la sociedad de auditoría y estará disponible en el mismo durante un plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha de su publicación en el sitio de internet. Si el auditor legal es un empleado de una sociedad de auditoría, las obligaciones que establece el presente artículo recaerán en la sociedad de auditoría.
- El auditor legal o la sociedad de auditoría podrá actualizar su informe anual de transparencia después de publicado. En este caso, el auditor legal o la sociedad de auditoría indicará que se trata de una versión actualizada del informe, y la versión original del mismo deberá seguir estando disponible en el sitio de internet.
- Los auditores legales y las sociedades de auditoría deberán notificar a las autoridades competentes la publicación en el sitio de internet del informe de transparencia, o la actualización del mismo cuando proceda.
Teniendo en cuenta lo anterior, el REA Auditores consultó al ICAC la forma de notificar el sitio web donde se publica dicho Informe de transparencia en los modelos 02/03 del ejercicio 2020/21. La respuesta ha sido la siguiente:
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El ICAC ha considerado que el dato del informe anual de transparencia no debía estar incluido en estos modelos 02 y 03.
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Dado que, actualmente, no hay un procedimiento específico para efectuar esta comunicación, (si bien es probable que en un futuro lo haya) los auditores y sociedades pueden cumplir con ella mediante notificación que se puede presentar a través del Registro electrónico, en la dirección de internet https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do.
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Esperando que esta información resulte de vuestro interés, aprovechamos la ocasión para enviaros un cordial saludo,
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