CabecerasNotasAviso-REA
Nº 28/2021

-1 de marzo de 2021-

Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electro intensivos

Estimados/as compañeros/as:

El Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio España, que en su artículo 4 contempla la figura del Consumidor Electro intensivo, estableció un plazo de 6 meses para la aprobación de un Estatuto de los Consumidores Electro intensivos que los caracterice y establezca los mecanismos a los que se podrán acoger, encaminados a mitigar los efectos de los costes energéticos sobre la competitividad, de conformidad con la normativa de la Unión Europea, así como las obligaciones y compromisos que deberán asumir dichos consumidores en el ámbito de la eficiencia energética, sustitución de fuentes energéticas emisoras contaminantes, inversión en I+D+i y empleo, entre otros.

De acuerdo con dicho mandato, el 17 de diciembre de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto (RD) 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electro intensivos, en el que se definen los consumidores electro intensivos y se fijan los límites mínimos de consumo anual y consumo en valle que se requieren para poder optar a esta categoría. Además, se establecen otros requisitos mínimos sobre el consumo eléctrico y el valor añadido bruto de la empresa, y se requiere un sistema de certificación de consumidor electro intensivo.

Entre la documentación a presentar ante la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (según el art. 5 del mencionado RD), para solicitar la certificación de condición de consumidor electro intensivo habrá de incluirse el informe de un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) que certifique el cumplimiento de ciertos requisitos.

Esperamos que esta información sea de utilidad y como siempre, quedamos a vuestra disposición, para cualquier aclaración que podáis necesitar.

Un cordial saludo,
Paloma Belmonte
Secretaria Técnica
REA Auditores-CGEE
Web: www.rea.economistas.es
E-mail: rea@rea.es
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