CabecerasNotasAviso-REA
Nº 32/2021

-16 de marzo de 2021-

Tasa por el control y supervisión de la actividad de auditoría de cuentas.

Estimados/as compañeros/as:

En el Boletín Oficial del Estado de fecha 31 de diciembre de 2020 se ha publicado la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 181/2003, de 14 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de aplicación de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas (actualmente tasa por el control y supervisión de la actividad de la auditoría de cuentas), el ingreso de las tasas en período voluntario deberá realizarse en el plazo de los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero en relación con el trimestre natural inmediato anterior, y su cuantía se fijará anualmente en función de lo estipulado tras la publicación de los Presupuestos Generales del Estado.

Los importes de las tasas por los informes firmados a partir del 1 de enero de 2021 son los siguientes:

- La cuota tributaria de esta tasa consistirá en una cantidad fija de 127,14 euros por cada informe de auditoría emitido y 254,38 euros por cada informe de auditoría sobre una Entidad de Interés Público en el caso de que el importe de los honorarios facturados por el informe de auditoría sea inferior o igual a 30.000 euros.

- Dicha cuantía fija será de 254,37 euros por cada informe de auditoría emitido y 508,77 euros por cada informe de auditoría sobre una Entidad de Interés Público, en el caso de que el importe de los honorarios facturados por el informe de auditoría sea superior a 30.000 euros.

Esperamos que esta información sea de utilidad y, como siempre, quedamos a vuestra disposición, para cualquier aclaración que podáis necesitar.

Un cordial saludo,
Paloma Belmonte
Secretaria Técnica
REA Auditores-CGEE
Web: www.rea.economistas.es
E-mail: rea@rea.es
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