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Resolución ICAC 4 de mayo de 2021, información pública
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NIA-ES 315 (R) y NIA-ES 250 (R)
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Estimados/as compañeros/as:
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El pasado 5 de mayo el ICAC ha publicado en su página web la “Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, “Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros”, NIA-ES 250 (Revisada), e “Identificación y valoración del riesgo de incorrección material”, NIA-ES 315 (Revisada)”.
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La Resolución recoge la adaptación de las NIA 250 (R) y 315 (R2019), como Normas Técnicas de Auditoría (NTA), resultado de la adaptación de las normas internacionales para su aplicación en España, NIA-ES 250 (Revisada) “Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros” (NIA-ES 250 R) y NIA-ES 315 (Revisada) “Identificación y valoración del riesgo de incorrección material” (NIA-ES 315R), en sustitución de las correspondientes NIA-ES 250 y 315, publicadas por Resolución de este Instituto de 15 de octubre de 2013 (Se adjunta a esta nota de aviso el pdf con el texto de la Resolución, a la fecha pendiente de publicarse en el BOE).
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Durante el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, se podrán formular por escrito las alegaciones que se consideren oportunas, estando expuesto, a dichos efectos, el contenido de las referidas normas, en la sede y en la página de Internet del ICAC (https://www.icac.gob.es/) y en la sede de las Corporaciones de auditores de cuentas.
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Estas normas serán de aplicación obligatoria, para los auditores de cuentas y sociedades de auditoría en el desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales o a otros estados financieros o documentos contables correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022. En todo caso, serán de aplicación a los trabajos de auditoría de cuentas contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2023, independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los estados financieros objeto del trabajo.
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Esperando que esta información os sea de interés, aprovechamos la ocasión para enviaros un cordial saludo,
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