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Nota de Aviso 13 de marzo de 2020
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Esperando que esta información sea de tu interés recibe un cordial saludo,
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REA Auditores CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA
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Nicasio Gallego, 8 · 28010 Madrid Tel.: 914 322 670 · www.rea.economistas.es Unificación de los registros de economistas (REA) y de titulados mercantiles (REGA), en aplicación de la Ley 30/2011, de 4 de octubre. |
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Somos conscientes de que esta situación que atravesamos, como a todos, te estará afectando gravemente en lo personal y en lo profesional. Aunque, seguramente, nuestra labor no es la más importante en estos momentos, sí queremos transmitirte que vamos a intentar apoyarte en todo lo que podamos, y te rogamos que nos comuniques cualquier duda, incidencia o sugerencia en relación con tu actividad profesional de economista asesor fiscal.
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Nosotros vamos a intentar seguir prestándote los servicios del REA Auditores como siempre y, ahora si cabe, con mayor interés y dedicación, informándote puntualmente de todo lo que afecte a la actividad e intentando solucionar los problemas que vayan surgiendo.
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En esta línea, te informo que hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 7/2020 por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
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- Se propone conceder a autónomos y a pequeñas y medianas empresas la posibilidad de aplazar deudas tributarias durante seis meses, previa solicitud de los interesados. La devolución de estas deudas se realizará con una bonificación de intereses de demora.
- Se una línea de financiación específica a través del Instituto de Crédito Oficial por importe de 400 millones de euros para atender las necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico, así como de las actividades relacionadas que se estén viendo afectadas por la actual situación.
- Aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso, en los préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y Pyme. Los beneficiarios de concesiones de los instrumentos de apoyo financiero a proyectos industriales podrán solicitar el aplazamiento del pago de principal y/o intereses de la anualidad en curso, siempre que su plazo de vencimiento sea inferior a seis meses a contar desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, cuando la crisis sanitaria haya originado en dichos beneficiarios periodos de inactividad, reducción en el volumen de las ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor que les dificulte o impida atender al pago de la misma.
Este Real Decreto-ley entra en vigor, hoy, 13 de marzo, fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado y se mantendrá en vigor mientras el Gobierno determine que persisten las circunstancias extraordinarias que motivaron su aprobación.
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