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Auditores Express nº 22/ 2020 - 3 de Abril de 2020
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Estimados/as compañeros/as,
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La cuestión planteada, que viene a resolver algunas de las dudas planteadas desde la Corporación, se refiere al efecto de lo dispuesto en el artículo 40, apartados 3 a 5, del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, en el proceso de formulación, verificación y aprobación de las cuentas anuales por parte de las distintas empresas y entidades, y su modificación por el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo.
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Esperando que esta información sea de utilidad y, como siempre, quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración que necesitéis.
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REA Auditores CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA
Nicasio Gallego, 8 · 28010 Madrid Tel.: 914 322 670 · www.rea.economistas.es Unificación de los registros de economistas (REA) y de titulados mercantiles (REGA), en aplicación de la Ley 30/2011, de 4 de octubre. ----------------------------------------------------------- No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo. Tratamos la información que nos facilita con el fin de comunicarnos y atender a su solicitud, y siempre de Conformidad con lo previsto en la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal. Los datos que se proporcionen serán conservados mientras se mantenga la comunicación o relación y en todo caso, durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo en los casos en que exista una ley que así lo exija. Puede ejercer sus derechos dirigiendo un escrito y adjuntando copia de su NIF a la dirección que arriba se indica. Para más información consulte nuestra Política de Privacidad
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