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Nº 1/2024 - 2 de enero de 2024-
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Informe de auditor inscrito en el ROAC sobre el plan de viabilidad (RD 8/2023)
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Estimados/as compañeros/as:
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Entre otras medidas, la Disposición Adicional Cuarta del citado Real Decreto, en relación con la “Concesión por las Delegaciones de Economía y Hacienda de aplazamientos y/o fraccionamientos, con dispensa de garantía, del pago de deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras, derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas o de préstamos concedidos por la Administración General del Estado”, extiende al año 2024 la solicitud del aplazamiento y/o fraccionamiento del pago de deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras, derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas o de préstamos concedidos por la Administración General del Estado, cuya gestión recaudatoria corresponda a las Delegaciones de Economía y Hacienda, y siempre y cuando las consecuencias económicas que persisten de la guerra en Ucrania, hayan provocado reducción en el volumen de sus ventas, incrementos significativos en sus costes de producción o interrupciones en el suministro en la cadena de valor.
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Entre los documentos que la mencionada disposición requiere que se acompañen a la solicitud, figura el Plan de viabilidad o de negocio, aprobado por el máximo órgano de administración; y en el caso de que la solicitud supere determinados parámetros (se refiera a deudas que superen los 150.000 euros, o, de forma acumulada con solicitudes anteriores formuladas al amparo de este real decreto-ley, superen los 250.000 euros) deberá acompañarse de un informe de auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
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Esperando que esta información os sea de interés, aprovechamos la ocasión para enviaros un cordial saludo,
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Paloma Belmonte Secretaria Técnica
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